divendres, 13 de maig del 2011

COMUNICADO RESPECTO A LAS INFORMACIONES DEL AMPA DE LA ESCUELA JOAN PELEGRI CON RESPECTO A LA CONDENA DEL ACOSO ESCOLAR

Parece que los padres de la Escola Joan Pelegrí, a raíz de las noticias aparecidas respecto a la condena del colegio por no haber actuado ante un caso de acoso escolar, han pedido explicaciones al respecto.

La presidenta del AMPA, procedió a explicar el caso en la reunión de delegados de este mes de mayo. En su discurso mantiene la versión de los hechos que plantea la escuela en respuesta a la demanda (¿Las AMPAS no son organizaciones neutras cuya finalidad es defender los intereses de los padres y de sus hijos?), y dice que durante el juicio los testigos declaran de uno en uno, sin la presencia de los otros, y que sólo podían contestar las preguntas de los abogados, y por tanto se desconoce como fueron todas la declaraciones, y que se detectaron muchas incoherencias durante el proceso.

Bien, en primer lugar queremos decir que hasta aquí todo es rigurosamente cierto, sólo que faltaría añadir que las incoherencias fueron de los citados a declarar por nuestra parte: personal de la escuela Joan Pelegrí, inspección de educación y la propia presidenta del AMPA.

Entendemos que sería un ejercicio de coherencia, honestidad y transparencia que a los padres interesados en conocer lo que realmente ocurrió se les facilitara el vídeo integro del juicio, grabado de acuerdo con la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, para que pudieran sacar sus propias conclusiones, así como facilitar una copia de la sentencia a aquellos que lo deseen (aunque las sentencias judiciales son públicas, sólo hay que buscarlas).

Dicho vídeo, y la sentencia, se encuentran en poder de los abogados del colegio, y por tanto del propio colegio, por lo que sería relativamente fácil acceder a toda la información solicitándolo directamente al colegio.

Parece ser que también nos acusa de hacer público en los medios de comunicación los hechos, coincidiendo con la época de prescripciones escolares. Bien, en este caso sólo queremos dejar claras dos cosas:

- en un Estado de derecho todo el mundo puede poner en conocimiento de los medios unos hechos que considera que deben ponerse en conocimiento de la sociedad, y en última instancia, son los medios de comunicación los que deciden si los hacen públicos o no.

- Se han hecho públicos en el momento en que se ha tenido conocimiento de las situaciones relevantes del proceso, concretamente en dos ocasiones: los días inmediatamente posteriores a tener conocimiento de la notificación de la resolución del Síndic de Greuges y los días inmediatamente posteriores a tener conocimiento de la sentencia judicial. Si han coincidido con los periodos de prescripción escolar no ha sido intencionadamente.

También queremos exponer que nos parece muy bien que la escuela Joan Pelegrí haya decido apelar la sentencia, puesto que es lo que ha de hacer cualquier persona, física o jurídica, en un Estado de derecho, que no esté de acuerdo con una sentencia que afecte sus intereses, sin que esto signifique que no vayamos a oponernos a dicha apelación, en defensa de nuestros derechos.

Finalmente, y visto que parece que hay cierta intencionalidad de la presidenta del AMPA cuando expone los hechos, estudiaremos, con nuestros abogados, si estos hechos pueden ser objeto de una demanda por difamación.