divendres, 13 de maig del 2011

COMUNICADO RESPECTO A LAS INFORMACIONES DEL AMPA DE LA ESCUELA JOAN PELEGRI CON RESPECTO A LA CONDENA DEL ACOSO ESCOLAR

Parece que los padres de la Escola Joan Pelegrí, a raíz de las noticias aparecidas respecto a la condena del colegio por no haber actuado ante un caso de acoso escolar, han pedido explicaciones al respecto.

La presidenta del AMPA, procedió a explicar el caso en la reunión de delegados de este mes de mayo. En su discurso mantiene la versión de los hechos que plantea la escuela en respuesta a la demanda (¿Las AMPAS no son organizaciones neutras cuya finalidad es defender los intereses de los padres y de sus hijos?), y dice que durante el juicio los testigos declaran de uno en uno, sin la presencia de los otros, y que sólo podían contestar las preguntas de los abogados, y por tanto se desconoce como fueron todas la declaraciones, y que se detectaron muchas incoherencias durante el proceso.

Bien, en primer lugar queremos decir que hasta aquí todo es rigurosamente cierto, sólo que faltaría añadir que las incoherencias fueron de los citados a declarar por nuestra parte: personal de la escuela Joan Pelegrí, inspección de educación y la propia presidenta del AMPA.

Entendemos que sería un ejercicio de coherencia, honestidad y transparencia que a los padres interesados en conocer lo que realmente ocurrió se les facilitara el vídeo integro del juicio, grabado de acuerdo con la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, para que pudieran sacar sus propias conclusiones, así como facilitar una copia de la sentencia a aquellos que lo deseen (aunque las sentencias judiciales son públicas, sólo hay que buscarlas).

Dicho vídeo, y la sentencia, se encuentran en poder de los abogados del colegio, y por tanto del propio colegio, por lo que sería relativamente fácil acceder a toda la información solicitándolo directamente al colegio.

Parece ser que también nos acusa de hacer público en los medios de comunicación los hechos, coincidiendo con la época de prescripciones escolares. Bien, en este caso sólo queremos dejar claras dos cosas:

- en un Estado de derecho todo el mundo puede poner en conocimiento de los medios unos hechos que considera que deben ponerse en conocimiento de la sociedad, y en última instancia, son los medios de comunicación los que deciden si los hacen públicos o no.

- Se han hecho públicos en el momento en que se ha tenido conocimiento de las situaciones relevantes del proceso, concretamente en dos ocasiones: los días inmediatamente posteriores a tener conocimiento de la notificación de la resolución del Síndic de Greuges y los días inmediatamente posteriores a tener conocimiento de la sentencia judicial. Si han coincidido con los periodos de prescripción escolar no ha sido intencionadamente.

También queremos exponer que nos parece muy bien que la escuela Joan Pelegrí haya decido apelar la sentencia, puesto que es lo que ha de hacer cualquier persona, física o jurídica, en un Estado de derecho, que no esté de acuerdo con una sentencia que afecte sus intereses, sin que esto signifique que no vayamos a oponernos a dicha apelación, en defensa de nuestros derechos.

Finalmente, y visto que parece que hay cierta intencionalidad de la presidenta del AMPA cuando expone los hechos, estudiaremos, con nuestros abogados, si estos hechos pueden ser objeto de una demanda por difamación.

La Escuela Joan Pelegrí recurre la condena por el acoso escolar a una alumna

12-05-2011 / 11:10 h

Barcelona, 12 may (EFE).- La Escuela Joan Pelegrí ha anunciado que recurrirá la sentencia que condena a este centro escolar del barrio de Sants de Barcelona por el acoso que sufrió una de sus alumnas, y que estableció una indemnización de más de 32.000 euros por daños y perjuicios causados a la menor.

El juzgado de primera instancia número 29 de Barcelona estimó íntegramente la demanda presentada por unos padres contra la escuela Joan Pelegrí por el acoso escolar que sufrió su hija de forma prolongada e indicó que no consideraba "diligente" la actuación del centro.

Según la sentencia, la juez condenó a la escuela Joan Pelegrí, de carácter privado pero concertada con el departamento de Enseñanza, a pagar a los padres de la niña acosada la suma de 32.769,71 euros por daños y perjuicios a la menor, además de las costas del juicio.

La Escuela refuta en una carta dirigida a los padres de alumnos "el supuesto caso de acoso", a pesar de que ya ha sido sentenciado, y asegura que tanto el centro como la Asociación de Madres y Padres "niegan que se haya producido ningún caso de acoso a una menor".

Además, asegura que actuó de acuerdo con el protocolo marcado por el departamento de Enseñanza y que éste emitió un informe favorable sobre su actuación.

"La sentencia, aparte de no recoger la correcta actuación de la Escuela y del AMPA, contiene múltiples defectos de fondo y de forma, como por ejemplo hechos que no corresponden a este caso, nombres de afectados que no pertenecen a este caso y diversos errores en las fechas que aparecen", se indica en la misiva dirigida a los padres de alumnos.

Anuncia que los abogados de la compañía aseguradora de la escuela se están haciendo cargo de este caso, así como de la indemnización correspondiente, y que ya han presentado un recurso a la Audiencia Provincial.

La sentencia argumentaba que "el centro tuvo conocimiento exacto (del caso) desde octubre de 2008, sin que adoptara ninguna medida de prevención ni de protección hasta diciembre, consistiendo únicamente en un intento de mediación por una profesora del centro".

El escrito de la juez indica que "la falta de diligencia del centro demandado en cuanto a este suceso concreto es palpable y manifiesta, al igual que en el resto de la situación de maltrato que en el contexto escolar padecía la menor, no constando la adopción de ninguna medida de prevención".

Considera, además, que el argumento del letrado del centro escolar de intentar culpabilizar a los progenitores de la falta de seguimiento de la situación de su hija "carece de sentido", ya que los hechos ocurren fuera de su ámbito de control, pues el acoso se produce en las instalaciones escolares. EFE.

http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=813953



Multan a un colegio barcelonés con 32.769 euros por acoso escolar

El fallo considera probado el «bullying», que duró un curso y fue secundado por adultos

Día 16/04/2011

Después de casi tres años de intensa lucha y desgaste emocional y de más de 15.000 euros de gasto en trámites judiciales, los padres de Paula A. C., una menor que fue acosada durante más de un año por algunos compañeros en el colegio Joan Pelegrí de Barcelona, han tenido la primera satisfacción. Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 29 de la capital catalana condena al centro a pagar a la familia 32.769 euros de indemnización por no haber actuado pese a tener constancia de que la menor, que en aquel entonces tenía nueve años, estaba en una situación de continuo hostigamiento.
Multan a un colegio barcelonés con 32.769 euros por acoso escolar
I. BAUCELLS
Paula y su padre creen que se ha hecho justicia

«Solo una batalla ganada»

El fallo llega apenas siete días después de que trascendiera una sentencia similar que condena a un centro de Madrid a pagar 40.000 euros a unos padres cuyo hijo fue también víctima de un prolongado acoso.

Albert, padre de la pequeña, expresa su satisfacción por este primer triunfo, aunque lamenta todo el proceso que han tenido que atravesar él y su familia. «Hemos ganado la batalla pero no la guerra», afirma en declaraciones a ABC. Junto a él, Paula, que tuvo que cambiar de centro por el acoso, dice sentirse más aliviada después de todo lo que le ha tocado vivir. «Aún no estoy bien, pero en mi nuevo colegio todos me apoyan», declara.

Su caso, que avanzó este diario en su edición del 27 de enero de 2010, es peculiar porque hubo hostigamiento y amenazas contra la menor dentro y fuera del recinto escolar y también porque el acoso lo realizaban menores y adultos. En concreto, según denuncia la familia, en más de una ocasión, la madre del principal acosador insultó a la pequeña y a su abuela por la calle. La sentencia avala el informe pericial que constata la «inestabilidad emocional» de la menor en el momento de los hechos y ratifica los indicios constatados por el Síndico catalán en un estudio anterior. El acoso comenzó en el curso 2007-2008 cuando un compañero empezó a insultarla y amenazarla sin motivos, incluso, según explica, «me arrojó con violencia a la piscina». Sus padres percibieron un preocupante cambio de actitud en su pequeña y decidieron hablar con el centro. Fue entonces cuando su tutora detuvo el acoso, aunque resurgió en el curso 2008-2009 y tuvieron que cambiarla de colegio. El centro condenado recurrirá el fallo.

http://www.abc.es/20110416/sociedad/abcp-multan-colegio-barcelones-euros-20110416.html


Una jueza condena a un colegio de Barcelona por no evitar que una alumna sufriera acoso escolar

SEGUNDA CONDENA POR 'BULLYING' en una semana

El centro Joan Pelegrí ha sido condenada a pagar 32.000 euros a la familia afectada

Viernes, 15 de abril del 2011 - 19:37h.
J. G. ALBALAT / Barcelona

Paula tenía 8 años. Cursaba tercero de primaria en el 2007-2008. Un compañero le empezó a insultar de forma reiterada. Una profesora paró el acoso. En cuarto, la situación se agravó y la niña sufrió una verdadera persecución psicológica e, incluso, fue víctima de algún que otro empujón. La escuela no reaccionó correctamente. Un juzgado de Barcelona ha condenado ahora al colegio barcelonés Joan Pelegrí a pagar a la familia de la alumna 32.762 euros por los daños y perjuicios. Considera que el centro no actuó de forma diligente para evitar el bullying (acoso escolar) padecido por la menor, lo que le causó graves trastornos y le obligó a tomar medicación una temporada. Es la segunda condena de este tipo en una semana.

La sentencia sostiene que ha quedado acreditada la existencia de una situación de acoso escolar. La jueza lo define: "Hostigamiento escolar es cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma reiterada a lo largo del tiempo". Y eso, añade, es por lo que tuvo que pasar Paula, que vivió atemorizada con la idea de asistir a la escuela, donde algunos compañeros intentaban aislarla y que no tuviera contacto con otros alumnos. "No constituye un hecho aislado y ocasional de una mera discusión de niños", relata la magistrada.

La resolución judicial expresa que "no se considera como diligente la actividad llevada a cabo por el centro escolar Joan Pelegrí " y tampoco "la reacción de los agentes escolares" que intervinieron. La situación de la menor fue, incluso, "ignorada o minimizada por el colegio". La jueza destaca que el centro tuvo conocimiento exacto de lo que ocurría desde octubre del 2008 y no adoptó "ninguna medida de prevención ni de protección hasta diciembre, consistiendo únicamente en un intento de mediación por una profesora del centro".

http://www.elperiodico.com/es/noticias/sociedad/una-jueza-condena-colegio-barcelona-por-evitar-que-una-alumna-sufriera-acoso-escolar-974846

El colegio Joan Pelegrí pagará 32.000 euros a los padres de una menor que sufrió 'bullying'

La sentencia, recurrible, entiende que el centro no adoptó medidas pese a los avisos de sus progenitores

EUROPA PRESS - Barcelona - 15/04/2011

El Juzgado de Primera Instancia 29 de Barcelona ha condenado al colegio Joan Pelegrí a pagar 32.769,71 euros a los padres de una menor que sufrió bullying durante más de un año, tras entender que el centro no adoptó ninguna medida, llegando su tutora a no creer a la pequeña, pese a los múltiples avisos de sus padres.

Según la sentencia, el colegio no adoptó medidas de prevención, no ideó ningún plan de actuación y seguimiento por no creer a la menor, lo que supone "una falta de diligencia del centro palpable y manifiesta" de un acoso escolar que en la sentencia se considera probado.

La situación comenzó en el curso 2007-2008, cuando al ver la tutora de esa clase lo que sucedía con la pequeña, medió para que los acosadores cejaran en su empeño, cosa que consiguió parcialmente; pero en el curso 2008-2009 volvieron a acosarla y, pese a que los padres instaron al colegio a que pusieran remedio, no lo hicieron.

La perito que analizó a la niña, llega a calificar de "situación de desamparo en el centro escolar de la menor" al intentar buscar ésta un adulto de referencia en su tutora, que no encontró. El hostigamiento de la menor se inició con un niño que ejercía de líder, al que se le sumaron otros compañeros y la situación se prolongó en el tiempo, provocando una visita al pediatra que le recetó tomar calmantes -tranxilium-, ya que los insultos y las amenazas le provocaron una situación psicológica que precisaba de soporte terapéutico.

Según el juez, las entidades y personas titulares de un centro docente responderán por los daños que causen a sus alumnos menores de edad en los períodos en los que se encuentren bajo la vigilancia de los profesores del centro; y esta responsabilidad cesará cuando éstas prueben que cumplieron con la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño, cosa que considera que no han hecho.

La sentencia recoge que la tutora no informó a la directora del centro hasta noviembre de 2008 cuando el acoso venía del año anterior y se reprodujo desde el inicio del curso; no se aconsejó derivar a la víctima al psicólogo del colegio, a pesar de la prescripción médica citada; ni llegaron a cambiarla de clase, tal y como solicitaron los padres. Además expone la actuación de los padres, que acudieron en reiteradas ocasiones a la tutora, a Inspección de Educación, al Síndic de Greuges, a la Dirección del Centro y, posteriormente a los Mossos d'Esquadra y a la Fiscalía de Menores. Por todo ello considera que la escuela, que ahora puede recurrir, tiene la responsabilidad extracontractual de la demandada por actos de bullying sufridos por la menor.

http://www.elpais.com/articulo/espana/colegio/Joan/Pelegri/pagara/32000/euros/padres/menor/sufrio/bullying/elpepuesp/20110415elpepunac_26/Tes